Información Obligatoria
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Artículo 75º.- Las Entidades Gubernamentales y de Interés Público a que se refiere la presente Ley, con excepción de la clasificada como reservada o confidencial, tienen la obligación de poner a disposición del público y mantener actualizada la información pública. Para tales efectos, según convenga lo realizarán por los medios oficiales y aquellos que puedan lograr el conocimiento público, tales como publicaciones, folletos, periódicos, murales, medios electrónicos o cualquier otro medio de comunicación pertinente. Igualmente publicarán a través de medios electrónicos disponibles la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos.
Artículo 81º.- Además de lo señalado en el artículo 75 de la presente Ley, las Instituciones de Educación Superior Públicas del Estado dotadas de autonomía deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información
La Universidad Autónoma de Baja California Sur, con domicilio Carretera al Sur Km. 5.5, Colonia El Mezquitito, C.P. 23080, en la ciudad de La Paz, Baja California Sur, hace de su conocimiento que se considerará como información confidencial aquella que se encuentre contemplada en el artículo 5 fracción VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur, y el artículo 3 fracción VIII de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Baja California Sur, por lo que es responsable del tratamiento de los datos personales que se proporcionen, los cuales serán protegidos de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Baja California Sur.